PRÓLOGO A LA DECIMOSEXTA EDICIÓN
1.??La decimosexta edición de este Derecho internacional privado volumen II contiene los distintos temas del «Derecho civil internacional». La obra constituye la segunda parte de los materiales de estudio del Derecho internacional privado español y europeo. Sigue, pues, los pasos trazados por el libro de A.-L. CALVO CARAVACA / J. CARRASCOSA GONZÁLEZ, Derecho internacional privado, volumen I, 16.ª edición, Ed. Comares, Granada, 2016. En consecuencia, la metodología utilizada en ambas obras es la misma. Se trata de exponer de modo riguroso, completo y práctico el actual sistema jurídico español y europeo de Derecho internacional privado. Para ello, la inclusión en el texto de casos resueltos sobre las distintas materias constituye un elemento fundamental. De este modo, la presente edición de esta obra pretende resultar útil tanto para el estudiante universitario de Derecho internacional privado como para el profesional del Derecho. La presente edición incorpora las más recientes novedades legales, doctrinales y jurisprudenciales con repercusión en el Derecho internacional privado.
2.??La autoría de los distintos capítulos se reparte de la siguiente manera.
? El Prof. Dr. D. ALFONSO-LUIS CALVO CARAVACA, Catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad Carlos III de Madrid, y el Prof. Dr. D. JAVIER CARRASCOSA GONZÁLEZ, Catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia, han redactado los capítulos relativos a «Forma de los actos jurídicos», «Persona física», «Efectos del matrimonio», «Crisis matrimoniales», «Adopción internacional», «Protección de menores», «Sociedades de capital y otras personas jurídicas», «Contratos internacionales I», «Obligaciones extracontractuales» y los «Supuestos Prácticos de Derecho internacional Privado II».
? El Prof. Dr. D. JAVIER CARRASCOSA GONZÁLEZ, Catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia, ha redactado los capítulos relativos a la «Matrimonio y parejas de hecho», «Filiación natural», «Alimentos», «Derechos reales», Derecho Laboral Internacional», «Operaciones internacionales de consumo», «Propiedad intelectual e industrial» y «Contratos internacionales II», salvo el epígrafe relativo al «Contrato internacional de seguro y reaseguro».
? La Profa. Dra. Dña. ESPERANZA CASTELLANOS RUIZ, Profesora Titular de Derecho internacional privado de la Universidad Carlos III de Madrid, ha redactado el capítulo «Sucesión hereditaria».
? La Profa. Dra. Dña. CELIA CAAMIÑA DOMÍNGUEZ, profesora de Derecho internacional privado en la Universidad Carlos III de Madrid, ha redactado el epígrafe relativo al «Contrato internacional de seguro y reaseguro».
4.??La webpage www.accursio.com ofrece materiales complementarios que permiten potenciar el máximo aprovechamiento de los contenidos esta obra. Entre ellos se incluye un conjunto de textos legales gratuitos de Derecho internacional privado.
5.??La actualización de contenidos y tendencias en el Derecho internacional privado del siglo XXI es tarea fundamental para todo jurista que se precie de ello. A tal fin, los «Cuadernos de Derecho Transnacional», revista semestral de Derecho Internacional Privado, ofrece estudios jurídicos de alta calidad en materia de Derecho internacional privado (www.uc3m.es/cdt). La revista se presenta en formato de difusión electrónica (on line), gratuito y abierto a todo el mundo. El Comité Científico de los «Cuadernos de Derecho Transnacional» cuenta con algunos de los más relevantes expertos en Derecho internacional privado en Europa. Los alumnos y profesionales interesados encontrarán en dicha publicación, un material jurídico muy valioso.
7.??Este «Derecho internacional privado volumen II» en su presente edición ha sido especialmente diseñado para facilitar la práctica jurídica. Su objetivo es transmitir un Derecho internacional privado que sirva para la resolución de supuestos reales de la vida internacional de los particulares, sin perder, por ello, la necesaria reflexión teórica imprescindible para formar auténticos juristas especializados en el Derecho internacional privado. Porque como dejaron escrito los clásicos, de modo inmejorable, «Theoria sine praxis sicut rota sine axis».
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